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NOVEDADES 2004 |
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FISCALIDAD IRPF -
Se declaran exentas todas las ayudas públicas por nacimiento, parto múltiple,
adopción, maternidad, etc. - En el caso de solicitud de borrador de declaración, careciendo la Administración de datos suficientes, pondrá a disposición del contribuyente los datos que puedan facilitarle la declaración. IMPUESTO
DE SOCIEDADES: -
Se excluye del régimen de subcapitalización para no residentes a las
entidades residentes en la Unión europea, salvo paraísos fiscales. - Se mejoran las deducciones por I+D+i: Se sube al 20% la deducción por los gastos de personal investigador y proyectos contratados con Universidades, Organismos y similares. Se incrementa hata 1 millón de € la base de deducción por innovación tecnológica. Se incrementa hasta el 50% de la cuota íntegra minorada el límite de las deducciones por I+D+I y nuevas tecnologías en PYMEs. I.V.A. -
Se eliminan, como sector diferenciado, las operaciones de cesión de créditos
o préstamos. -
Se endurecen las condiciones para rectificar el IVA repercutido por
incobrable, en el sentido de que, además, se exige que el destinatario
sea empresario o profesional, o que la base imponible sea mayor de 300
€. Además, cuando el destinatario no sea empresario o profesional, el
cobro total o parcial dará lugar a nueva rectificación al alza; lo mismo
ocurrirá en el caso de desistir de la reclamación judicial. Además, se
adapta a la nueva Ley Concursal. TIPOS OFICIALES DE INTERÉSPara
2004, se establecen los siguientes tipos oficiales: Tipo
legal del dinero: 3,75% Tipo
de interés de demora: 4,75% CONTABILIDAD -
Régimen simplificado de la contabilidad: Se establece la posibilidad de
seguir este régimen, para las entidades de cualquier forma jurídica que
cumplan los requisitos que reglamentariamente se establezcan. (Ver
Proyecto de RD de Contabilidad simplificada) -
Grupos de sociedades, a partir del 1-1-2005: -
Se introduce el valor razonable para la valoración de los siguientes
activos y pasivos a efectos de cuentas consolidadas de grupos de
sociedades: -
Activos financieros que formen parte de una cartera de negociación. -
Pasivos financieros que formen parte de una cartera de negociación. -
Normas contables: -
Si a la fecha de cierre del ejercicio se han emitido valores a cotización
en la Unión europea, aplicarán las NIC (Normas Internacionales de
contabilidad). -
Si a la fecha de cierre del ejercicio no se han emitido valores a cotización
en la Unión europea, podrán optar por aplicar la normativa nacional o
las NIC. En este último caso, no se admite la vuelta a atrás. -
Si a la fecha de cierre del ejercicio se han emitido valores de renta fija
a cotización en la Unión Europea, aplicarán las NIC a partir del
1-1-2007, a excepción de las entidades de crédito.
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