NOVEDADES 2004

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FISCALIDAD

 IRPF

- Se declaran exentas todas las ayudas públicas por nacimiento, parto múltiple, adopción, maternidad, etc.

- En el caso de solicitud de borrador de declaración, careciendo la Administración de datos suficientes, pondrá a disposición del contribuyente los datos que puedan facilitarle la declaración.

 IMPUESTO DE SOCIEDADES:

- Se excluye del régimen de subcapitalización para no residentes a las entidades residentes en la Unión europea, salvo paraísos fiscales.

- Se mejoran las deducciones por I+D+i:

     Se sube al 20% la deducción por los gastos de personal investigador y proyectos contratados con Universidades, Organismos y similares.

     Se incrementa hata 1 millón de € la base de deducción por innovación tecnológica.

     Se incrementa hasta el 50% de la cuota íntegra minorada el límite de las deducciones por I+D+I y nuevas tecnologías en PYMEs.

 I.V.A.

- Se eliminan, como sector diferenciado, las operaciones de cesión de créditos o préstamos.

- Se endurecen las condiciones para rectificar el IVA repercutido por incobrable, en el sentido de que, además, se exige que el destinatario sea empresario o profesional, o que la base imponible sea mayor de 300 €. Además, cuando el destinatario no sea empresario o profesional, el cobro total o parcial dará lugar a nueva rectificación al alza; lo mismo ocurrirá en el caso de desistir de la reclamación judicial. Además, se adapta a la nueva Ley Concursal.

TIPOS OFICIALES DE INTERÉS

Para 2004, se establecen los siguientes tipos oficiales:

Tipo legal del dinero: 3,75%

Tipo de interés de demora: 4,75%

CONTABILIDAD

- Régimen simplificado de la contabilidad: Se establece la posibilidad de seguir este régimen, para las entidades de cualquier forma jurídica que cumplan los requisitos que reglamentariamente se establezcan. (Ver Proyecto de RD de Contabilidad simplificada)

- Grupos de sociedades, a partir del 1-1-2005:

- Se introduce el valor razonable para la valoración de los siguientes activos y pasivos a efectos de cuentas consolidadas de grupos de sociedades:

- Activos financieros que formen parte de una cartera de negociación.

- Pasivos financieros que formen parte de una cartera de negociación.

- Normas contables:

- Si a la fecha de cierre del ejercicio se han emitido valores a cotización en la Unión europea, aplicarán las NIC (Normas Internacionales de contabilidad).

- Si a la fecha de cierre del ejercicio no se han emitido valores a cotización en la Unión europea, podrán optar por aplicar la normativa nacional o las NIC. En este último caso, no se admite la vuelta a atrás.

- Si a la fecha de cierre del ejercicio se han emitido valores de renta fija a cotización en la Unión Europea, aplicarán las NIC a partir del 1-1-2007, a excepción de las entidades de crédito.